Cierra juez caso Viaducto Bicentenario; FGR apelará la decisión

El juez Daniel Ramírez Peña, adscrito al centro de justicia del penal federal del Altiplano, determinó la no vinculación a proceso penal de Ernesto Némer Álvarez, secretario general de Gobierno durante el sexenio de Alfredo del Mazo; Luis Gilberto Limón Chávez, secretario de Movilidad, Andrés Oteyza y Sergio Hidalgo, ex directivos de Aleatica, antes OHL, y el actual presidente; Tomás Angulo Lara, director del Sistema de Aeropuertos, Autopistas y Servicios Conexos, y Joaquín González Bezares, director de la Junta de Caminos , quienes fueron acusados por la Fiscalía General de la República (FGR) de explotación ilegal de un bien de la nación, por la concesión del Viaducto Bicentenario.

El abogado Paulo Díez fue quien presentó la denuncia argumentando que el Gobierno del Estado de México no estaba autorizado para entregar la concesión del Viaducto, debido a que se trata de una vialidad federal y no obtuvo una concesión federal.

Tras dos días de audiencia en el Penal del Altiplano a la que se que presentaron los exfuncionarios mexiquenses y representantes de la empresa, el Juez Federal determinó que no hay delito que perseguir y cerró el asunto.

La decisión del juez provocó que la FGR emitiera un comunicado en el que insiste en las acusaciones en contra del gobierno mexiquense y Aleatica, además de que dijo apelará la decisión y se buscará someter a proceso al juez.

En el comunicado se lee:

En la audiencia que acaba de llevarse a cabo, el grado de injusticia con el que actuó el Juez Daniel Ramírez Peña llegó a un extremo verdaderamente inconcebible; ya que, antes de conocer las pruebas y argumentos de las partes, emitió públicamente una opinión respecto del caso y anunció su veredicto en contra del Estado Mexicano; razón por la cual la Representación Social de la Federación ahí mismo lo recusó en audiencia, por incurrir en una causa de impedimento para seguir conociendo del asunto; y, por lo tanto, se le iniciará el juicio correspondiente, independientemente de los recursos que la ley permite.

El artículo 150 de la Ley General de Bienes Nacionales define este delito: “…a quien use, aproveche o explote un bien que pertenece a la Nación, sin haber obtenido previamente concesión, permiso o autorización, o celebrado contrato con la autoridad competente”. Y la única autoridad competente en materia de bienes federales, en este caso, es la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes”, la cual NUNCA OTORGÓ CONCESIÓN FEDERAL ALGUNA.

Por su parte, el director jurídico de Aleatica, Pablo Olivera dijo a través de un comunicado:

“Estamos contentos de que la resolución del Juez haya resuelto de manera contundente el asunto. No cabe duda de que nuestro Director General en México no hizo más que dirigir nuestras acciones para continuar cumpliendo con nuestras obligaciones según lo requerido por un Título de Concesión que se otorgó de forma competitiva y que sigue vigente. La decisión del juez de control lo confirma”.

La empresa agregó que:

“El Juez de control concluyó que el caso carece de elementos. No cabe duda de que nuestro Director General en México no hizo más que dirigir nuestras acciones para seguir cumpliendo con nuestras obligaciones en virtud de un Título de Concesión que se otorgó de forma competitiva, válido y en pleno vigor. La resolución del juez lo reconoce”.

Con información de La Jornada y Aristegui Noticias