Declaración anual: ¿Cómo disminuir el pago de impuestos?

Declaración anual: ¿Cómo disminuir el pago de impuestos?

El mes de abril está por llegar y con ello la declaración anual para personas físicas, pero ¿Qué pagos y gastos te ayudan a deducir impuestos?

Año con año las personas físicas están obligados a presentar su declaración ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y a la vez pueden solicitar la deducción de gastos personales para disminuir la base con la que se calcula el pago anual de ISR (base gravable).

¿Cuáles son los gastos deducibles?

De acuerdo con BBVA Educación Financiera los gastos deducibles son aquellos que tiene que ver con salud, educación y vivienda, pagos por los cuales los contribuyentes piden facturas.

Algunos ejemplos de estos gastos son:

Gastos en salud

Pago de honorarios médicos, dentales, servicios profesionales en materia de psicología y nutrición, que sean prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.

Gastos hospitalarios y medicinas; honorarios a enfermeras; análisis, estudios clínicos; compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente; prótesis; compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales; primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.

Serán deducibles cuando hayan sido efectuados para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos.

Gastos educativos

Pagos de colegiaturas que están limitadas a un monto anual de acuerdo con el nivel educativo y son aplicables por alumno.

Los montos, como detalla el artículo 1.10, son los mismos desde el ejercicio fiscal 2014, por lo que no han sido actualizados con la inflación.

-Preescolar: 14,200 pesos
-Primaria: 12,900 pesos
-Secundaria 19,900 pesos
-Profesional técnico 17,100 pesos
-Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.

** Las deducciones no aplican a gastos por nivel profesional o universitario.

Se pueden deducir los pagos por servicios de enseñanza que se realicen para sí, para su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato, y para sus padres o hijos, siempre que dichas personas no perciban ingresos iguales o superiores a una UMA anual, de acuerdo con el artículo 1.8. del decreto presidencial del 26 de diciembre de 2013 que otorga distintos beneficios fiscales.

Si en el mismo año fiscal, una persona cursó dos niveles educativos, por ejemplo, pasó de primaria a secundaria, el monto que aplica a deducir es el mayor, que en este caso es secundaria. Las deducciones no aplican a gastos por inscripciones o reinscripciones, detalla el decreto de 2013.

Para hacer válida esta deducción, las instituciones educativas deberán separar en el comprobante fiscal digital el monto que corresponda por concepto de enseñanza del alumno. Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles.

Transporte escolar

Los gastos por transporte escolar son deducibles de impuestos siempre y cuando se apliquen solo a descendientes en línea recta (hijos), sea obligatorio en el área de residencia de la escuela o cuando para todos los alumnos se incluya este gasto en la colegiatura, detalla la Ley del ISR en el artículo 151, fracción VII.

Se deberá separar en el comprobante que emite la institución educativa el monto que corresponda por concepto de transportación escolar.

Otros gastos

También se pueden deducir impuestos con gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.

Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, Infonavit o Fovissste, entre otras.

Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos. El monto de los donativos no excederá de 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del año anterior, antes de aplicar las deducciones personales correspondientes a dicho año.

Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).

No olvides que debes realizar estos pagos mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. La deducción no procede si el pago fue realizado en efectivo.

Los gastos deducibles se deben registrar automáticamente en la declaración anual prellenada, siempre y cuando no haya errores en la factura y se cumplan requisitos como pagar a través de medios electrónicos y no efectivo, de lo contrario tendrás que solicitarlos manualmente.

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